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Riachuelo, el deber ser

El martes 8 de julio del año 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación expidió un fallo histórico en la causa relativa a la contaminación de la Cuenca Matanza Riachuelo. La resolución dispuso que el Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires son igualmente responsables, de forma concurrente, con la tarea de ejecutar el programa de limpieza del área.
El plan se fundamenta en seis apartados, dentro de los cuales el primero es el de Información pública. En cuanto a él, la Corte exigió la realización de un Sistema de Información Pública digital vía Internet; claro, concentrado y accesible para el público en general. Importantísimo derecho de los habitantes, consagrado en la Constitución Nacional en su artículo 41, cuando establece que las autoridades proveerán a la información y educación ambientales. A su vez el programa peticiona la presentación de un informe trimestral del estado del agua, del aire y de las napas subterráneas, con el fin de controlar la ejecución del mismo, y de la aplicación de un principio fundamental del derecho ambiental, que es el de progresividad. Ala hora de resolver la Corte, estableció la ejecución gradual, respondiendo al mencionado principio y no exigiendo una irrisoria ejecución inmediata, atendiendo a la naturaleza de la obligación.
Y por eso en el ámbito se hace referencia a que éste fue un fallo histórico, ya que el tribunal supremo de la Nación no hizo a un lado principios relacionados con la materia específica de índole ambiental.
Por otro lado, como segundo punto sobresaliente del fallo, hay que referirse a la contaminación propiamente dicha, en cuando al origen industrial de la misma. Por ello, se ordenó la inspección de todas las empresas adyacentes a la cuenca para controlar la presentación del plan de tratamiento, que deberían poseer todas aquellas al momento del comienzo de sus actividades. Se las intimó, a su vez, a que en el plazo de 180 días, cesen todos los vertidos, emisiones y disposiciones de sustancias contaminantes hacia la cuenca.
Este plan de limpieza incluye además, un proyecto de relocalización de las empresas ubicadas en el Polo Petroquímico de Dock Sud, donde se concentra una gran cantidad de las mencionadas empresas.
Otro ítem fundamental a la hora de lograr la ejecución del plan: los basurales a cielo abierto, que no dejan de recibir residuos y propagar la contaminación del suelo, del aire y la relativa a la olora. La erradicación de los mismos en el plazo de un año, la prevención de la formación de nuevos, el impedimento de continuar con los vuelcos de residuos, son los principales objetivos del programa en cuanto a este apartado. Este tema de los basurales no es menor, por lo que no solo está inmerso en este programa. Se estableció la concreción de un plan específico de gestión integral de residuos sólidos urbanos.
El derecho ambiental, ha analizado en las últimas décadas un recurso natural, que se basa en los panoramas escénicos. No solo puede verse contaminado el aire, el agua, el suelo, sino que además debe contemplarse la polución de este recurso. Y es por eso que la Corte lo asumió e impuso la transformación del área de la ribera en superficie parquizada.
Por último, creo que uno de los puntos sobresalientes en este tema es el relativo a la población habitante de la cuenca, que es la primer afectada, en forma directa, y por eso es deseable que este tema no se haga esperar. La inclusión de una expansión de la red de agua potable, saneamiento cloacal y desagües pluviales fue otro acierto en la resolución dictada ayer por el alto tribunal nacional, ya que implicará un aumento en el nivel de vida de la zona.

Vial Costero: nuevo problema


Entre los meses de Mayo y Junio, el vocero de Vialidad Nacional, Ernesto Arriaga anunció la construcción de un Vial Costero, que tendrá la principal finalidad de descomprimir el tránsito de las horas pico que acecha a la Avenida Del Libertador.
Uno de los principales problemas que afecta a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es, sin duda, el tránsito de vehículos, que a su vez trae aparejado contaminación por gases, ruido y paisaje. A más de 70 años de la construcción de la Avenida Del Libertador, la situación no es la misma, cuando en aquella época se decidió crear la misma para la circulación de aproximadamente 1000 vehículos diarios. Pero hoy, transitan cerca de 20 mil autos por día, lo que genera el fastidio de los conductores y pasajeros.
Luego de buscar todas las soluciones posibles a los embotellamientos constantes en la Avenida Del Libertador del lado de la Provincia, en Vicente López las autoridades del gobierno nacional y municipal decidieron comenzar las obras preliminares para construir una nueva avenida, entre Del Libertador y el río, que unirá la Capital con la zona norte bonaerense.
El vial se encontrará a 150 metros de la costa del río, lo que provocó un gran revuelo en la población y las organizaciones que defienden la protección del medio ambiente. Es que parece ser la mejor solución para aquellos empresarios y gobernantes que quieren llegar a sus propiedades más rápido, porque igualmente la obra la paga el gobierno con los impuestos de todos.
Lo que no parece importarles a aquellos que enarbolan la bandera de que la zona necesita una obra así para mejor el tránsito vehicular, es que la avenida que ya comenzó sus obras en forma preliminar, provoca un gran impacto a la zona aledaña y a todos los usuarios que utilizan día a día el espacio público que el área brindaba. Es una carretera innecesaria que perjudica a todos porque no soluciona el problema del tránsito, sino que lo traslada de un lado hacia otro, porque va a generar polución por gases y por el ruido que implica un gran caudal vehicular y se van a perder hectáreas de uso público en beneficio de emprendimientos comerciales.
Por otro lado, no solo generará una gran polución en cuando a los gases y el ruido, sino que ya se ve afectado un recurso natural que viene incrementando su participación en la sociedad, que es el de panoramas escénicos. Y el paisaje está viéndose afectado por la construcción del Vial Costero, que elimina espacios verdes públicos y gratuitos y un paseo peatonal que bordeaba la costa, que tenía como finalidad preservar el carácter recreativo de esta vialidad.
Además, en la zona en cuestión funciona una pista de bicicross, la cual sin un aviso cierto, las máquinas ingresaron y destruyeron la pista en la que practicaron exponentes del BMX que representaron a la Argentina a nivel olímpico.
Definitivamente, la obra implica un gran impacto en la población y en el paisaje y medio ambiente.
La solución al problema del tránsito no parece ser la construcción de nuevas vías. En diferentes ciudades del mundo se comprobó que una posibilidad cierta es que las grandes avenidas estén bajo tierra, y por sobre ellas hay plazas, veredas y paseos. En Madrid, la principal autopista que atraviesa toda la ciudad, fue enterrada.
El gran problema es el auto particular. Se trata de un medio de transporte que sólo beneficia a quien lo usa y que perjudica a toda la ciudad: justo el caso contrario al del transporte público, que consume menos energía por viajero, contamina menos y ocupa un menor espacio público. Por eso, las políticas actuales se encaminan, afortunadamente, a la promoción del transporte público para que los viajes que se realicen en coche sean los imprescindibles. Pero la sociedad no está haciendo caso y cada día entran y salen miles y miles de vehículos particulares que llenan de ruido y de gases la ciudad.

Tecnología anti-contaminación

La tecnología, hoy en día y desde hace varios años, es un mercado gigante que cada vez más nos sorprende con nuevos aparatos, funciones, etc.


Pero desde hace varios años, el diseñador holandés Gert-Jan Van Breugel, viene sorprendiendo al mundo con sus trabajos, siempre en miras a la reducción de la contaminación y la protección del medio ambiente.

El producto que más los caracterizó, debido a la gran relevancia que tienen los teléfonos celulares en la vida de la población mundial, es el Celular creado a base de cañas de bambú. El aparato tiene la virtud de que cuando se acaba su vida útil, le quitas la batería, los circuitos eléctricos y la antena, y se puede plantar en la tierra, ya que en su interior posee semillas de caña de bambú. Además, no se requiere conexión a la corriente eléctrica, ya que para cargar la batería se debe presionar repetidas veces una palanca que tiene en un lateral.

Otro de los productos que lanzó el diseñador, fue el Swing City, una moto para 3 personas que funciona a electricidad y biocombustibles, considerado energía renovable, produce menor contaminación que un auto o moto ordinaria, y es incluso más barato.

Siguiendo con este tipo de conscientización ambiental, en el año 2008, y en miras de la reducción del calentamiento global y de gases del efecto invernadero, el denominado Solartaxi, se movió por varios países del continente europeo. El automóvil funciona exclusivamente con energía solar, no produce ni emana Dióxido de Carbono, alcanza una velocidad máxima de 90 km/h y su consumo de energía es mucho menor que el de un vehículo de combustible. Quien lo creó, señaló que hace más de 20 años planeaba su fabricación, pero recién lo pudo concretar en esta década con ayuda de universidades suizas.

Residuos Peligrosos: de lo ambiental a lo penal


El jueves 8 de Julio de 2010, en el Salón Azul de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, la Fundación de Altos Estudios en Ciencias Jurídicas (FAECJ), conjuntamente con el Departamento de Derecho Económico Empresarial, se encargaron de organizar la presentación de una nueva obra jurídica. La joven Doctora Eloísa Rodríguez Campos publicó su primer libro Régimen Penal de los Residuos Peligrosos, vinculando sus conocimientos sobre derecho penal a lo que hoy en día viene incrementando su relevancia, como lo es el Derecho Ambiental, y más específicamente los residuos peligrosos, que tienen un rol importante en la actualidad argentina por la contaminación de la Cuenca del Río Matanza Riachuelo, entre otras.
La conferencia tuvo la presencia de importantes juristas, en primer lugar a la autora del libro, quien explicó:  “Lo esencial era encontrar cuál era el verdadero rol del derecho penal en la previsión de los conflictos ambientales, y por eso elegí la ley 24051, que sin duda es la ley que se aplica mayoritariamente a los conflictos con respecto al medio ambiente". Y agregó: "Traté de analizar profundamente sus artículos y proponen herramientas para hacer que la ley pueda ser más efectiva. Se debe respetar los principios del derecho penal y considerar que, si bien la ley toma como bien jurídico la salud pública, eso no significa que no pueda servir como instrumento en el amparo del medio ambiente”.
Por otra parte, acompañaron a la Doctora Rodríguez Campos, los doctores Atilio Alterini, Titular del Consejo Directivo de la Facultad, Daniel Obligado, Presidente de la FAECJ, Carlos Chiara Díaz, Secretario de la misma, Ricardo Marcelo Castrogiovanni, Tesorero también de la Fundación, David Baigun, profesor titular de la Facultad, Daniel Roque Vítolo, profesor titular de la Facultad, Silvia Nonna, profesora especialista en Derecho Ambiental, y Luis Fernando Niño, Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 20 de la Capital Federal.
Ezequiel Ittay Lipovetzky con el Dr. Atilio Alterini
El Doctor Atilio Alterini se refirió a la cuestión ambiental de forma tal que para él, “nos compromete como especie humana. Si no hay una fuerte política estatal en todo el mundo, va a terminar por hacer inhabitable la tierra por lo cual desaparecerá el hombre”. El doctor también se abocó respecto a que, si bien el bien jurídico protegido por la ley es la salud, un residuo peligroso no solo puede causar daño al hombre, sino también contaminar al suelo, al agua, a la atmósfera.
Además, el doctor le dio especial relevancia al rol de la educación ambiental, como algo básico y esencial que en la región no está muy activada, y no dejó de mencionar que hay un concepto básico errado en la sociedad, como lo es que quien contamina debe pagar. En su opinión el concepto es insuficiente, y debería ser reemplazado por el de usted, empresario, no contamine.
Otra de las ideas expuestas tiene que ver con el significado de residuo peligroso, que según el Dr. Daniel R. Vítolo, se define por la posibilidad de generar daño, concepto que fue confirmado por el Juez Luis F. Niño, quien explicó que alcanza con que exista un peligro concreto y no un daño existente.

Entrevista a la autora
Ezequiel Ittay Lipovetzky con la Dra. Eloísa Rodríguez Campos
Luego de la presentación, la Doctora Eloísa Rodríguez Campos amablemente charló con este medio y se refirió con respecto a la importancia actual e inminente de la cuestión ambiental, no solo vinculado a la vida social sino también a su interdependencia con los demás ámbitos jurídicos, y explicó que, en primer lugar, debe trabajar el Derecho Administrativo y encargarse de la prevención. En caso de que de todas maneras se produzca un daño al ambiente, aparecerá el Derecho Civil y se hará cargo de la reparación. En última instancia, deberá buscarse una sanción de tipo penal ante el incumplimiento de las normas que regulan y prohíben ciertas acciones.